Juderías y Aljamas

Judería es la denominación tradicional del barrio judío o de la parte de una ciudad en la que se concentraban las viviendas de los judíos. Podemos suponer que, en principio, durante la época de la repoblación, las juderías, y sobre todo las de las zonas rurales, se agrupaban en torno a las sinagogas y sus rabinos (a veces, el vecino más piadoso y versado en la Torah). Y así, de forma común, junto a las ceremonias religiosas tomaban acuerdos que obligaban al conjunto de sus miembros.

Los fueros de la repoblación de los siglos XI y XII contienen las primeras disposiciones sobre el régimen de gobierno de las juderías. El proceso culminó a finales del siglo XII y principios del siglo XIII, con la aparición de las aljamas como institución jurídico-administrativa para el gobierno de las comunidades judías.

La aljama es la organización comunitaria existente en una judería, cuya finalidad principal era la creación de un régimen de gobierno propio, y el mantenimiento de la sinagoga y demás servicios religiosos. Cada aljama era autónoma.

La aljama desarrolla su actuación en tres áreas principalmente: fiscal, jurisdiccional y religiosa. Los asuntos fiscales constituían un área de clara separación entre la población cristiana y la judía de un mismo lugar. En el orden jurisdiccional, la aljama contaba con sus propios tribunales cuya competencia se extendía exclusivamente sobre los miembros de su comunidad. En general, las aljamas contaron con jueces propios para sus asuntos internos, y jueces cristianos para los pleitos mixtos, siendo los más frecuentes los relacionados con las deudas,

Los representantes de las aljamas se reunían para distribuir el importe de los tributos impuestos por la corona sobre las juderías. A estas asambleas acudían sólo adelantados o secretarios de las aljamas más importantes. En algunos casos, varias aljamas pequeñas se reunían para tributar conjuntamente. Las pequeñas comunidades no estaban representadas, aunque sí tributaban junto con la aljama más grande de su territorio.

A partir de los siglos XII y XIII, en el seno de la comunidad judía habría surgido una minoría dirigente que disponía del poder político y económico con acceso a las instancias del poder vecinal y con relaciones con la corona o los otros grandes señoríos existentes en cada caso.

Muchos de sus dirigentes fueron también rabinos ilustres y respetados.

Bibliografía:

  • Aljamas y concejos en el Reino de Castilla durante la Edad Media, FRANCISCO RUIZ GÓMEZ
  • Las judías de Castilla en la baja Edad Media: estrategias y resistencias ante la justicia